Mapamundi Valencia
Bases legales del concurso: “CAMPAÑA RETO MAPAMUNDI” promovida por ECOVIDRIO
1- EMPRESA ORGANIZADORA
La empresa organizadora de esta acción promocional es SOCIEDAD ECOLÓGICA PARA EL RECICLADO DE LOS ENVASES DE VIDRIO (en adelante ECOVIDRIO), con domicilio social en la calle Estébanez Calderón, 3-5 (4ª planta), 28020 Madrid y está inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior con el Número Nacional 160.493. Entidad, ésta, a la que deberán dirigirse todas las comunicaciones y notificaciones relativas al desarrollo de la misma.
2- OBJETIVO
El objetivo de la campaña es promover y sensibilizar a toda la comunidad con el reciclaje de envases de vidrio en los municipios que conforman el Consorcio COR, ligados a un reto de reciclaje de vidrio, y la necesidad de reciclar vidrio y mostrar los beneficios ambientales. El objetivo, es aumentar las cantidades de vidrio en los iglúes, incrementando así la tasa de reciclaje, promover la difusión de la campaña y la imagen de Ecovidrio, afianzando los hábitos de reciclaje.
Se trata de conseguir que los ciudadanos de los municipios seleccionados reciclen más toneladas de vidrio, incrementando la tasa de reciclaje con respecto al mismo periodo en el año anterior, y que desde las administraciones locales promuevan la participación ciudadana en la campaña.
El municipio que supere el reto tendrá como colofón y objetivo final premiar con la decoración de contenedores con diseño único personalizado de su municipio. El número de contenedores de vidrio decorados del premio final dependerán de las condiciones y características de superación del reto y del municipio, determinadas por Ecovidrio en las presentes bases legales.
3- FECHA Y ÁMBITO TERRITORIAL
La promoción se desarrollará durante dos meses, octubre y noviembre de 2021, iniciándose el 1 de octubre a las 9:00h hasta el 30 de noviembre a las 23:59h, en los municipios de las 5 comarcas que conforman el Consorcio COR. (Anexo 1)
Las poblaciones participantes en dicha promoción serán aquellas que durante el trascurso de los meses de la competición se adhieran a la campaña. Cerrando el plazo de inscripción el día 25 de octubre a las 23:59h. Por parte de un representante legal con facultades para ello dentro del municipio. Ecovidrio se reserva el derecho a pedir la documentación acreditativa pertinente a los municipios participantes.
4- DESTINATARIOS DE LA PROMOCIÓN
Los destinatarios son los municipios de las 5 comarcas que conforman el Consorcio COR adheridos a la campaña conforme a estas bases.
Los Ayuntamientos, actuando en su representación el alcalde, Concejalías o departamentos técnicos, aceptarán manifiestamente la propuesta de la empresa organizadora de participar en la presente promoción, y, como consecuencia, las bases legales de la misma.
5- REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA PROMOCIÓN.
Los Participantes de la presente promoción deberán ser los municipios de ANEXO 1, nunca persona física y que, por su participación, hayan aceptado las presentes bases y cada uno de sus términos y condiciones. Los datos serán comprobados al finalizar el Concurso, quedando invalidados aquellos incorrectos o que no sean auténticos.
NO podrán participar en el concurso ni por tanto resultar agraciados del premio:
- Los empleados de ECOVIDRIO.
- Los empleados de las empresas, agencias de publicidad o agencias de promociones que estén involucradas en la promoción.
- Los familiares hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad de las personas incluidas en los puntos 1 y 2.
- Los cónyuges de todas las personas incluidas en los puntos 1,2 y 3.
- Los menores de 18 años.
- Personas físicas o cualquier otra figura análoga.
- Los participantes que no cumplan con las condiciones establecidas en las presentes bases no entrarán en concurso o serán excluidos del mismo. Si resulta ganadora alguna persona excluida de la participación, perderá su derecho a obtener el premio ganado y se procederá a entregar el mismo al que reúna las condiciones de participación válidas.
ECOVIDRIO se reserva el derecho de solicitar la acreditación personal y representante del municipio fehaciente de los participantes cuando se elijan los ganadores.
Se tendrá en cuenta en la selección de municipios, el criterio de pertenecer o formar parte del Consorcio de Residuos COR (Plan Zonal 5. Área de Gestión V5) de la Comunitat Valenciana.
6- PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN.
La participación en el concurso se realizará de la siguiente manera: Cumplimentando positivamente la información requerida desde el Consorcio de residuos COR (V5) y Ecovidrio vía correo electrónico, en la que se explican los plazos de la campaña y requisitos, dándose por aceptadas las presentes bases.
ECOVIDRIO se reserva el derecho a descalificar a un participante que incumpla los términos y condiciones del concurso.
A los municipios participantes se les dotará de un kit de comunicación digital cuyo coste es asumido por ECOVIDRIO, que constará de:
- Cartel A3
- Folleto informativo
- Imagen para RRSS (WhatsAPP, Facebook, Instagram y Twitter)
- Imagen web
Y se decorará un contenedor anunciando el reto en cada municipio participante. La elección del contenedor a decorar será decisión del Ayuntamiento participante, y el coste derivado de este decorado correrá de parte de ECOVIDRIO. El número de carteles y folletos asignados a cada municipio se realizará de manera proporcional al número de habitantes, atendiendo a la siguiente tabla. Estos materiales se entregarán por parte de ECOVIDRIO a cada uno de los ayuntamientos.
MUNICIPIO | HABITANTES | FOLLETOS | CARTELES A3 |
Gandia |
75.798 |
8000 |
200 |
Ontinyent |
35.761 |
5500 |
150 |
Xàtiva |
29.623 |
4500 |
120 |
Oliva |
25.224 |
4500 |
120 |
Canals |
13.516 |
3750 |
100 |
Olleria, l' |
8.320 |
3000 |
80 |
Albaida |
5.914 |
1125 |
30 |
Benigànim |
5.779 |
1125 |
30 |
Xeraco |
5.720 |
1125 |
30 |
Ayora |
5.283 |
1125 |
30 |
Alcúdia de Crespins, l' |
5.113 |
1125 |
30 |
Enguera |
4.777 |
1000 |
25 |
Aielo de Malferit |
4.625 |
1000 |
25 |
Bellreguard |
4.618 |
1000 |
25 |
Vilallonga/Villalonga |
4.370 |
1000 |
25 |
Mogente/Moixent |
4.307 |
1000 |
25 |
Bocairent |
4.142 |
1000 |
25 |
Font d'En Carròs, la |
3.778 |
750 |
20 |
Llosa de Ranes, la |
3.642 |
750 |
20 |
Daimús |
3.196 |
750 |
20 |
Vallada |
3.096 |
750 |
20 |
Navarrés |
3.004 |
750 |
20 |
Genovés, el |
2.778 |
750 |
20 |
Piles |
2.740 |
750 |
20 |
Miramar |
2.685 |
750 |
20 |
Anna |
2.615 |
750 |
20 |
Real de Gandia, el |
2.531 |
750 |
20 |
Pobla del Duc, la |
2.515 |
750 |
20 |
Almoines |
2.477 |
550 |
15 |
Chella |
2.472 |
550 |
15 |
Agullent |
2.388 |
550 |
15 |
Llutxent |
2.326 |
550 |
15 |
Castelló de Rugat |
2.298 |
550 |
15 |
Quatretonda |
2.202 |
550 |
15 |
Xeresa |
2.197 |
550 |
15 |
Font de la Figuera, la |
2.027 |
550 |
15 |
Beniarjó |
1.767 |
550 |
15 |
Ador |
1.730 |
550 |
15 |
Palma de Gandía |
1.709 |
550 |
15 |
Montaverner |
1.635 |
550 |
15 |
Barxeta |
1.586 |
550 |
15 |
Benirredrà |
1.555 |
550 |
15 |
Alqueria de la Comtessa, l' |
1.496 |
550 |
15 |
Rafelcofer |
1.355 |
550 |
15 |
Bolbaite |
1.324 |
550 |
15 |
Rótova |
1.293 |
550 |
15 |
Alfarrasí |
1.219 |
550 |
15 |
Atzeneta d'Albaida |
1.162 |
550 |
15 |
Montesa |
1.155 |
550 |
15 |
Cofrentes |
1.123 |
550 |
15 |
Rotglà i Corberà |
1.117 |
550 |
15 |
Potries |
1.060 |
550 |
15 |
Llanera de Ranes |
1.047 |
550 |
15 |
Palmera |
1.018 |
550 |
15 |
Fontanars dels Alforins |
959 |
375 |
10 |
Llocnou d'En Fenollet |
916 |
375 |
10 |
Novelé/Novetlè |
857 |
375 |
10 |
Jalance |
834 |
375 |
10 |
Jarafuel |
769 |
375 |
10 |
Bèlgida |
679 |
375 |
10 |
Quesa |
663 |
375 |
10 |
Teresa de Cofrentes |
619 |
375 |
10 |
Montitxelvo/Montichelvo |
585 |
375 |
10 |
Benicolet |
574 |
375 |
10 |
Palomar, el |
567 |
375 |
10 |
Llocnou de Sant Jeroni |
554 |
375 |
10 |
Guardamar de la Safor |
531 |
375 |
10 |
Bicorp |
529 |
375 |
10 |
Beniflá |
460 |
375 |
10 |
Guadasséquies |
456 |
375 |
10 |
Alfauir |
449 |
375 |
10 |
Ráfol de Salem |
442 |
375 |
10 |
Benissoda |
432 |
375 |
10 |
Otos |
422 |
375 |
10 |
Salem |
418 |
375 |
10 |
Zarra |
346 |
375 |
10 |
Cerdà |
331 |
375 |
10 |
Bellús |
299 |
375 |
10 |
Granja de la Costera, la |
295 |
375 |
10 |
Almiserà |
265 |
375 |
10 |
Terrateig |
256 |
375 |
10 |
Beniatjar |
219 |
375 |
10 |
Benissuera |
185 |
175 |
5 |
Rugat |
174 |
175 |
5 |
Aielo de Rugat |
160 |
175 |
5 |
Pinet |
157 |
175 |
5 |
Bufali |
156 |
175 |
5 |
Vallés |
154 |
175 |
5 |
Torrella |
145 |
150 |
5 |
Castellonet de la Conquesta |
141 |
150 |
5 |
Estubeny |
125 |
125 |
5 |
Carrícola |
99 |
100 |
5 |
Sempere |
30 |
50 |
5 |
7- MECÁNICA DE LA PARTICIPACIÓN
Durante los meses de octubre y noviembre de 2021, el municipio ganador será aquel que más puntuación alcance de su categoría.
Para hacer un concurso equitativo entre todos los municipios, concursarán divididos en 3 categorías atendiendo al número de habitantes:
- Categoría A: Municipios de más de 15.000 habitantes (4 municipios)
- Categoría B: Municipios de 5.000 a 15.000 habitantes (7 municipios)
- Categoría C: Municipios de menos de 5.000 habitantes (82 municipios)
Se establece el siguiente número de municipios ganadores, no habiendo suplentes para estos ganadores, para cada categoría:
- Categoría A: Municipios de más de 15.000 habitantes (2 ganadores)
- Categoría B: Municipios de 5.000 a 15.000 habitantes (2 ganadores)
- Categoría C: Municipios de menos de 5.000 habitantes (5 ganadores)
Los municipios ganadores de cada categoría serán aquellos que mayor puntuación obtengan atendiendo a los siguientes criterios, de incremento de kg de reciclaje de vidrio (tanto en los contenedores propiedad de ECOVIDRIO como los que sean propiedad del Ayuntamiento) así como por la difusión y promoción de la campaña.
Cada municipio deberá conseguir ser el municipio que más puntuación obtenga, según la siguiente baremación:
1. Incrementar los kg de residuos de envases de vidrio en los iglús del municipio, respecto al mismo periodo en el año anterior. Los pesajes se realizarán cuando se proceda al vaciado de los iglús de cada municipio, atendiendo al calendario de recogida estipulado del mismo. Dichos contenedores serán vaciados varias veces durante el transcurso de la campaña. El pesaje se realizará en la báscula de alzada (al levantar el contenedor) o en la descarga en planta (al trasladar el vidrio a la planta de reciclaje). Los contenedores a tener en cuenta en los pesajes serán los contenedores ya instalados en el municipio.
2.Incremento del reciclaje de vidrio para el mismo periodo del año 2020
Criterio de puntos Incrementar los kg de reciclaje de vidrio entre un 1% y un 4,9% 1 punto
Incrementar los kg de reciclaje de vidrio en un 5%
2 puntos Si el incremento es superior al 5%. Se le otorgarán tantos puntos extra por cada décima de incremento sobre el 5% 0,1 puntos extra, por cada décima de incremento sobre el 5%
o EJEMPLO A: Un municipio que incremente los kg de reciclaje de vidrio en un 6’8% sumará los siguientes puntos:
▪ 2 puntos por el incremento del 5%
▪ Más 1’8 puntos por el incremento sobre el 5% superado
▪ PUNTOS TOTALES DEL MUNICIPIO EN ESTE APARTADO: 3,8 puntos
o EJEMPLO B: Un municipio que incremente los kg de reciclaje de vidrio en un 2’5% sumará los siguientes puntos:
▪ 1 punto por encontrarse el incremento entre el 0,1% y el 2,9%
▪ PUNTOS TOTALES DEL MUNICIPIO EN ESTE APARTADO: 1 punto
o EJEMPLO C: Un municipio que incremente los kg de reciclaje de vidrio en un 12’1% sumará los siguientes puntos:
▪ 2 puntos por el incremento del 5%
▪ Más 7’1 puntos por el incremento sobre el 5%
▪ PUNTOS TOTALES DEL MUNICIPIO EN ESTE APARTADO: 9,1 puntos
3. Así mismo se valorará las iniciativas e implicación de los Ayuntamientos que promuevan la campaña ya sea a través de redes sociales, acciones llevadas a cabo por el Ayuntamiento, así como, web y blogs municipales y difusión en formato físico para que suponga una mayor recogida de vidrio y aumentar niveles de concienciación. A sumar 1 punto por cada acción de difusión realizada por parte del Ayuntamiento, hasta un máximo de 5 puntos, según la siguiente tabla.
Acciones de difusión
Criterio de puntos Presencia del kit gráfico en webs y blogs municipales 1 punto
Difusión en RRSS del Ayuntamiento
0,25 puntos por publicación Distribución de cartelería y folletos 2 puntos
4. Además, se tendrá en cuenta la difusión de la campaña en otros medios, como en medios locales o comarcales, inserciones en prensa local, valorándose hasta un máximo de 2 puntos.
Para la valoración del apartado de difusión realizada por los Ayuntamientos participantes, se le facilitará una ficha a cumplimentar por la persona de contacto del Ente Local.
Solo será considerado para la puntuación final aquel contenido incluido en esta ficha. Esta ficha debe estar presentada en tiempo y forma mediante correo electrónico a sonia.amoros@ecosilvo.es antes de las 15:00h. del viernes, 3 de diciembre de 2021.
Todo Ente Local que no proporcione esta información en el plazo indicado quedará sin puntuación, en este apartado.
8- PREMIOS Y ENTREGA DE LOS PREMIOS
El premio a los municipios que más puntuación consigan de cada categoría, consistirá en el decorado de un determinado número de contenedores para el reciclaje de vidrio ya existentes en el municipio, con un diseño personalizado de su municipio. Dichos decorados consistirán en una imagen personalizada donde se resalten los edificios, tradiciones, gastronomía, naturaleza, etc. de dicho municipio ganador. Los municipios ganadores serán notificados durante el mes de diciembre de 2021, una vez expirado el periodo del concurso. Se realizará de manera telefónica, y por correo electrónico.
El número de contenedores de vidrio a decorar del premio final será atendiendo a criterios de población de cada municipio, según la siguiente tabla.
Categorías
Número de municipios ganadores por categoría
PREMIO Categoría A: Más de 15.000 habitantes 2 ganadores Decorado de 10 contenedores por municipio ganador
Categoría B: Entre 5.000 y 15.000 habitantes
2 ganadores
Decorado de 5 contenedores por municipio ganador Categoría C: Menos de 5.000 habitantes 5 ganadores Decorado de 1 o 2 contenedores por municipio ganador
El decorado de los contenedores de reciclaje de vidrio se llevará a cabo en el plazo de 3 meses desde la comunicación del premio, y aceptación del mismo.
El premio contenido en la presente promoción, decorado de contenedores para el reciclaje de vidrio, en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración, compensación o cesión.
ECOVIDRIO no será responsable de los retrasos, pérdidas, o deterioros en la decoración de los contenedores, por causas que no le sean imputables. Tampoco, responderá de los casos de fuerza mayor (tales como huelgas, pandemias, etc.) que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su premio. ECOVIDRIO quedará exento de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados.
El premio o el derecho a la obtención del mismo es intransferible.
- ECOVIDRIO no será responsable de los servicios que terceras empresas deban prestar con motivo del premio de la presente promoción.
- El período de reclamaciones finaliza 3 días hábiles transcurridos desde la fecha de finalización de la promoción, que será el 30 de noviembre a las 23:59h.
- Queda prohibida la comercialización y/o venta del premio o del derecho a su obtención.
- La renuncia al premio no dará ningún derecho a indemnización o compensación.
Todos gastos adicionales motivados por demora o negligencia por parte del ganador serán de cuenta de éste, salvo que, de otra forma, se hubiera establecido expresamente en las presentes bases. Serán de cuenta de la Entidad Local premiada todos los gastos referentes a mejoras y extras que no correspondan con el premio detallado en las presentes bases.
9- FISCALIDAD DE LOS PREMIOS
De conformidad con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a tres cientos euros (300 €). En su caso corresponderá a ECOVIDRIO la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, y al ganador la declaración correspondiente en su IRPF.
El premio concedido por la presente campaña no tiene carácter dinerario, y está destinado a las Entidades Locales, Personas Jurídicas, de modo que no está sujeto a IRPF.
10- DERECHOS DE IMAGEN
Los participantes o, en su caso, representantes que proporcionen sus datos, autorizan a ECOVIDRIO a reproducir y utilizar su nombre, apellidos, dirección, voz e imagen en cualquier actividad publi-promocional relacionada con la promoción en la que haya podido resultar agraciado, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno. La cesión de dichos derechos permanecerá vigente durante un año.
Los participantes eximen a ECOVIDRIO y a sus colaboradores de cualquier responsabilidad de cualquier otra transgresión de la legislación vigente.
11- PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos personales facilitados al registrarse por los participantes o, en su caso, o representantes serán incorporados a un fichero de SOCIEDAD ECOLOGICA PARA EL RECICLADO DE ENVASES DE VIDRIO (ECOVIDRIO), con domicilio en Madrid, calle Estébanez Calderón nº 3-5 (4ª planta) y CIF G81312001, con la finalidad de gestionar su participación en la presente promoción, enviarle información comercial sobre nuestros productos y servicios, y conocer su opinión sobre los mismos. Aquellos que resulten ganadores de la promoción aceptan que su nombre y el premio obtenido puedan aparecer en los medios utilizados para la comunicación del evento a efectos garantizar la transparencia de la misma.
Los participantes o representantes podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos de carácter personal dirigiendo
comunicación por escrito, debidamente firmada, acompañada de fotocopia del DNI o documento equivalente e indicando un domicilio a efecto de notificaciones, a SOCIEDAD ECOLÓGICA PARA EL RECICLADO DE LOS ENVASES DE VIDRIO sita en calle Estébanez Calderón nº3-5(4ªplanta), Madrid o a través de la dirección de correo electrónico info@ecovidrio.es indicando como referencia o asunto "Protección de Datos".
12- GENERALIDADES
Para cualquier problema que pudiera derivarse de la presente promoción, tanto los ganadores como el resto de los participantes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital, haciendo renuncia expresa de cualquier otro que les pudiera corresponder.
La presente promoción se rige por lo dispuesto en las presentes Bases legales y, en lo no previsto en las mismas, por la legislación española vigente. La mera participación en esta promoción supone la aceptación de las presentes Bases Legales.
Estas bases legales estarán a disposición de cualquier interesado en la web ecolatras durante el periodo de duración de la campaña.
ECOVIDRIO se reserva el derecho de modificar las condiciones de la presente promoción en cualquier momento, e incluso de anularlo o dejarlo sin efecto, siempre que concurra causa justificada para ello.
En todo caso, se compromete a comunicar por esta misma vía las bases modificadas, o en su caso, la anulación de la promoción en su conjunto, de forma que todos los participantes tengan acceso a dicha información.
ANEXO 1 - Municipios de las 5 comarcas que conforman el Consorcio COR.
- La Safor
- Ador
- Alfauir
- Almiserà
- Almoines
- L’Alquería de la Comtessa
- Bellreguard
- Beniarjó
- Beniflá
- Benirredrá
- Castellonet de la Conquesta
- Daimús
- La Font d’En Carròs
- Gandía
- Guardamar de la Safor
- Xeraco
- Xeresa
- Llocnou de Sant Jeroni
- Miramar
- Oliva
- Palma de Gandía
- Palmera
- Piles
- Potríes
- Rafelcofer
- Real de Gandía
- Rótova
- Vilallonga
- Vall d’Albaida
- Atzeneta d’Albaida
- Agullent
- Albaida
- Alfarrasí
- Aielo de Malferit
- Aielo de Rugat
- Bélgida
- Bellús
- Beniatjar
- Benicolet
- Benigànim
- Benissoda
- Benisuera
- Bocairent
- Bufali
- Carrícola
- Castelló de Rugat
- Quatretonda
- Fontanars dels Alforins
- Guadasséquies
- Lluxent
- Montaverner
- Montitxelvo
- L’Ollería
- Ontinyent
- Otos
- El Palomar
- Pinet
- La Pobla del Duc
- Ráfol de Salem
- Rugat
- Salem
- Sempere
- Terrateig
- La Costera
- Barxeta
- Canals
- Cerdá
- Estubeny
- Genovés
- La Granja de la Costera
- la Font de la Figuera
- Llanera de Ranes
- Llosa de Ranes
- Lloc Nou de Fenollet
- L'Alcudia de Crespins
- Moixent
- Montesa
- Novelé
- Rotglà i Corberà
- Torrella
- Vallada
- Vallés
- Xátiva
- Canal de Navarrés
- Anna
- Bicorp
- Bolbaite
- Chella
- Enquera
- Navarrés
- Quesa
- Valle de Cofrentes – Ayora
- Ayora
- Cofrentes
- Jalance
- Jarafuel
- Teresa de Cofrentes
- Zarra