Mapamundi Burgos
Bases del Concurso “CAMPAÑA RETOMAPAMUNDI”
promovida por ECOVIDRIO
- EMPRESA ORGANIZADORA
La empresa organizadora de esta acción promocional es SOCIEDAD ECOLÓGICA PARA EL RECICLADO DE LOS ENVASES DE VIDRIO (en adelante ECOVIDRIO), con domicilio social en la calle Estébanez Calderón, 3-5 (4ª planta), 28020 Madrid y está inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior con el Número Nacional 160.493. Entidad, ésta, a la que deberán dirigirse todas las comunicaciones y notificaciones relativas al desarrollo de la misma.
- OBJETIVO
El objetivo de la campaña es promover y sensibilizar a toda la comunidad con el reciclaje de envases de vidrio en municipios de más de 1.500 habitantes de la provincia de Burgos que disponen de contenedores vistos a través de un reto ciudadano y, y la necesidad de reciclar vidrio y los beneficios ambientales. El objetivo aumentar las cantidades de vidrio en los iglúes y la tasa de reciclaje, afianzando los hábitos de reciclaje. Se trata de conseguir que los ciudadanos de los municipios seleccionados reciclen más toneladas de vidrio, un 10% más que lo reciclado en el mismo periodo en el año anterior.
El municipio que supere el reto tendrá como colofón y objetivo final premiar con el vinilado e instalación de contenedores con diseño único personalizado de su municipio, (5 contenedores por municipio ganador, sin límite de municipios ganadores).
- FECHA Y ÁMBITO TERRITORIAL
La promoción se desarrollará durante dos meses, desde el 1 de abril hasta el 31 de mayo de 2023, en 16 municipios de más de 1.500 habitantes de la provincia de Burgos con contenedores de superficie (ver anexo 1).
Las poblaciones participantes en dicha promoción serán aquellas que se adhieran previamente a la campaña por parte de un representante legal con facultades para ello dentro del municipio.
- DESTINATARIOS DE LA PROMOCIÓN
Los destinatarios son los 16 municipios de más de 1.500 habitantes de la provincia de Burgos, a excepción de la capital de la provincia, adheridos a la campaña conforme a estas bases.
Los Ayuntamientos, actuando en su representación el alcalde, o persona con facultades de representación que lo acredite, aceptarán manifiestamente la propuesta de la empresa organizadora de participar en la presente promoción, y, como consecuencia, las bases legales de la misma.
- REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA PROMOCIÓN.
Los Participantes de la presente promoción deberán ser los municipios de ANEXO 1, nunca persona física y que por su inscripción se hayan aceptado las presentes bases y cada uno de sus términos y condiciones. Los datos serán comprobados al finalizar el Concurso, quedando invalidados aquellos incorrectos o que no sean auténticos.
NO podrán participar en el concurso ni por tanto resultar agraciados:
-
- Los empleados de ECOVIDRIO.
- Los empleados de las empresas, agencias de publicidad o agencias de promociones que estén involucradas en la promoción.
- Los familiares hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad de las personas incluidas en los puntos 1 y 2.
- Los cónyuges de todas las personas incluidas en los puntos 1,2 y 3.
- Los menores de 18 años.
- Personas físicas, jurídicas o cualquier otra figura análoga.
Los participantes que no cumplan con las condiciones establecidas en las presentes bases no entrarán en la promoción o serán excluidos de la misma. Si resulta ganadora alguna persona excluidas de la participación, perderá su derecho a obtener el premio ganado y se procederá a entregar el mismo al que reúna las condiciones de participación válidas.
ECOVIDRIO se reserva el derecho de solicitar la acreditación personal y representante del municipio fehaciente de los participantes cuando se elijan los ganadores.
Se tendrá en cuenta en la selección de municipios el criterio de población (es decir podrán participar aquellos municipios que tengan más de 1.500 habitantes) y la existencia de contenedores de superficie.
- PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN.
La participación en el concurso se realizará de la siguiente manera: cumplimentar la inscripción en estas bases, que cumplan los requisitos para participar y aceptar estas bases.
ECOVIDRIO se reserva el derecho a descalificar a un participante que incumpla los términos y condiciones del concurso.
A los municipios participantes se les dotará de un kit de comunicación digital proporcionado por Ecovidrio, que constará de:
- Banner 300 * 400 px
- Cartel A3
- RRSS (Facebook, Instagram y Twitter)
- Muppi (en el caso de disponer el municipio)
Se vinilará de forma inicial un contenedor elegido por cada municipio participante anunciando el reto. Y se dotará de 25 carteles a los municipios cuya población sea entre 1.500 y 5.000 habitantes y 50 carteles a los municipios que tengan más de 5.000 habitantes.
- MECÁNICA DE LA PARTICIPACIÓN
Durante el tiempo que dura la promoción, para optar a ser municipio ganador deberá:
- Conseguir que los ciudadanos de los municipios seleccionados reciclen más toneladas de vidrio, y en concreto, un 10% más que los kilos reciclados en el mismo periodo en el año anterior en el municipio. Puntuándose en 7 puntos sobre 10. Los que no lo superen, obtendrán la puntuación proporcional para el cómputo total.
- Así mismo se valorará las iniciativas e implicación de los Ayuntamientos que promuevan la campaña ya sea a través de redes sociales, acciones llevadas a cabo por el Ayuntamiento, así como, la difusión de la campaña en sus soportes municipales para que suponga una mayor recogida de vidrio y aumentar niveles de concienciación. Puntuándose 3 puntos sobre 10.
- PREMIOS Y ENTREGA DE LOS PREMIOS
El premio del municipio ganador (que obtenga 8 puntos o más) consistirá en el vinilado de diez contenedores ya existentes con un diseño personalizado realizado por Ecovidrio de su municipio. La elección de las ubicaciones correrá a cuenta del propio Ayuntamiento.
El plazo para la instalación del vinilo en los contenedores será de tres meses desde la aceptación del premio.
Si el municipio ganador no contesta a la comunicación del premio transcurridos siete días hábiles desde el primer intento de notificación o cuando la misma renuncie a la aceptación del premio, no podrá reclamar el premio posteriormente, no existiendo suplentes y quedando desierto.
Los municipios que hayan superado el reto se darán a conocer el 18 de junio de 2023 notificándose al representante del Ayuntamiento.
El premio contenido en la presente promoción, en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración, compensación o cesión.
En el caso de que, por causas de fuerza mayor, no pudiera hacerse entrega del premio descrito, ECOVIDRIO se compromete a entregar otro de similares características y, como mínimo, de igual valor, pero nunca en metálico.
ECOVIDRIO no será responsable de los retrasos, pérdidas, o deterioros en los envíos, por causas que no le sean imputables. El organizador tampoco responderá de los casos de fuerza mayor (tales como huelgas, pandemias, estados de alarma…etc.) que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su premio. ECOVIDRIO quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados. Ecovidrio no se responsabiliza del uso que del regalo promocional se realice por el agraciado. El diseño no deberá incluir motivos discriminatorios en general, atentar contra intereses de la población o de ámbito político.
El premio o el derecho a la obtención del mismo es intransferible.
- ECOVIDRIO no será responsable de los servicios que terceras empresas deban prestar con motivo del premio de la presente promoción.
- Queda prohibida la comercialización y/o venta del premio o del derecho a su obtención.
- La renuncia al premio no dará ningún derecho a indemnización o compensación.
Todos los impuestos y tasas relacionados con el premio de esta promoción o aquellos gastos adicionales motivados por demora o negligencia por parte del ganador, serán de cuenta de éste, salvo que, de otra forma, se hubiera establecido expresamente en las presentes bases. Serán de cuenta de la persona premiada todos los gastos referentes a mejoras y extras que no correspondan con el premio detallado en las presentes bases.
- FISCALIDAD DE LOS PREMIOS
De conformidad con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a tres cientos euros (300 €). En todo caso corresponderá a ECOVIDRIO la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, y al ganador la declaración correspondiente en su IRPF.
- DERECHOS DE IMAGEN
Los participantes o, en su caso, representantes que proporcionen sus datos, autorizan a ECOVIDRIO a reproducir y utilizar su nombre, apellidos, dirección, voz e imagen en cualquier actividad publi-promocional relacionada con la promoción en la que haya podido resultar agraciado, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno, siempre que sean mayores de edad. La cesión de dichos derechos permanecerá vigente durante un año.
Los participantes eximen a ECOVIDRIO y a sus colaboradores de cualquier responsabilidad de cualquier otra transgresión de la legislación vigente.
- PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos personales facilitados al registrarse por los participantes o, en su caso, o representantes serán incorporados a un fichero de SOCIEDAD ECOLOGICA PARA EL RECICLADO DE ENVASES DE VIDRIO (ECOVIDRIO), con domicilio en Madrid, calle Estébanez Calderón nº 3-5 (4ª planta) y CIF G81312001, con la finalidad de gestionar su participación en la presente promoción por el tiempo que dure la promoción y en sus caso el tiempo legal necesario, enviarle información comercial sobre nuestros productos y servicios, y conocer su opinión sobre los mismos. Aquellos que resulten ganadores de la promoción aceptan que su nombre y el premio obtenido puedan aparecer en los medios utilizados para la comunicación del evento a efectos garantizar la transparencia de la misma.
Los participantes o representantes podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos de carácter personal dirigiendo comunicación por escrito, debidamente firmada, acompañada de fotocopia del DNI o documento equivalente e indicando un domicilio a efecto de notificaciones, a ECOVIDRIO S.A. a calle Estébanez Calderón nº3-5 (4ªplanta), Madrid o a través de la dirección de correo electrónico info@ecovidrio.es indicando como referencia o asunto "Protección de Datos".
Los datos de carácter personal facilitados por los participantes al registrarse serán tratados conforme a la LO 3/2018 y el reglamento UE 2016/679, y demás disposiciones reglamentarias.
- GENERALIDADES
Para cualquier problema que pudiera derivarse de la presente promoción, tanto los ganadores como el resto de participantes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital, haciendo renuncia expresa de cualquier otro que les pudiera corresponder.
La presente promoción se rige por lo dispuesto en las presentes Bases legales y, en lo no previsto en las mismas, por la legislación española vigente. La mera participación en esta promoción supone la aceptación de las presentes Bases Legales.
Estas bases legales estarán a disposición de cualquier interesado en la web Ecólatras durante el periodo de duración de la campaña.
ECOVIDRIO se reserva el derecho de modificar las condiciones de la presente promoción en cualquier momento, e incluso de anularlo o dejarlo sin efecto, siempre que concurra causa justificada para ello.
En todo caso, se compromete a comunicar por esta misma vía las bases modificadas, o en su caso, la anulación de la promoción en su conjunto, de forma que todos los participantes tengan acceso a dicha información.
ANEXO 1: MUNICIPIOS PARTICIPANTES DE LA CAMPAÑA
Municipio |
Hab 2022 |
Miranda de Ebro |
35.528 |
Aranda de Duero |
33.084 |
Briviesca |
6.465 |
Medina de Pomar |
5.834 |
Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja |
4.029 |
Valle de Mena |
3.987 |
Lerma |
2.609 |
Roa |
2.196 |
Alfoz de Quintanadueñas |
2.163 |
Salas de los Infantes |
1.980 |
Villagonzalo Pedernales |
1.853 |
Arcos |
1.816 |
Belorado |
1.754 |
Espinosa de los Monteros |
1.674 |
Quintanar de la Sierra |
1.596 |
Melgar de Fernamental |
1.553 |